Fuente: Cqcs
La Ley Complementaria 236/2026 modifica las normas del procedimiento administrativo tributario y establece nuevas posibilidades para las empresas en los litigios fiscales
Los cambios introducidos por la Ley Complementaria n.º 236/2026, que modifica el Código Tributario Nacional (CTN) y establece nuevas normas en materia de sanciones, cumplimiento y procedimientos administrativos tributarios. Entre los aspectos que interesan al mercado de los seguros se encuentra la previsión del uso del seguro de garantía en los procedimientos de ejecución fiscal, lo que aumenta el interés por esta modalidad.
Como norma general, la sanción no podrá superar el 75 % del importe del impuesto liquidado. El porcentaje puede alcanzar el 100 % cuando se demuestre la existencia de fraude, evasión o connivencia con conducta dolosa. En caso de reincidencia, el límite puede llegar al 150 %.
La legislación también prevé descuentos para los contribuyentes que regularicen sus deudas. El pago íntegro durante el plazo para presentar un recurso administrativo supondrá una reducción del 50 % de la multa, mientras que el pago a plazos en ese mismo periodo tendrá un descuento del 40 %.
Para las empresas que participen en programas de cumplimiento fiscal y cooperación, los descuentos pueden ser mayores, llegando al 60 % en caso de pago íntegro y al 50 % en caso de pago a plazos en esa misma fase.
La nueva legislación establece que la exigibilidad del crédito tributario puede suspenderse cuando el acreedor acepte, de conformidad con la normativa aplicable, una póliza de seguro de garantía o una carta de fianza bancaria ofrecida en el marco de un procedimiento de ejecución fiscal.
La nueva legislación autoriza el uso de la mediación y el arbitraje especial en materia fiscal y aduanera, que deberán ajustarse a una normativa específica.
La ley también establece el doble grado de jurisdicción administrativa para los estados, el Distrito Federal y los municipios con más de 100 000 habitantes, que dispondrán de dos años para adaptar sus estructuras.
Además, las administraciones tributarias deberán respetar determinados precedentes cualificados del Tribunal Supremo Federal (STF) y del Tribunal Superior de Justicia (STJ).
En la práctica, la nueva legislación añade alternativas al proceso de resolución de deudas y refuerza la importancia de que las empresas y los profesionales especializados sigan las normas para definir la mejor estrategia de garantía y regularización.
«Para el corredor de seguros, la previsión expresa del Seguro de Garantía en determinadas ejecuciones fiscales supone un punto más a tener en cuenta en un mercado que exige conocimientos técnicos y un seguimiento cercano de las necesidades de las empresas», afirma Affonso D’Anzicourt, administrador y asesor contable y fiscal del Grupo AUDICENT.
Además de los conocimientos técnicos del asesor, se ha utilizado como fuente de investigación el portal «O Portal Contábeis».
Fuente: Cqcs
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