Fuente: El Vocero
La gobernadora Jenniffer González Colón convirtió en ley el Proyecto del Senado 976, ahora Ley 186-2026, una medida que establece por primera vez en Puerto Rico un marco regulatorio uniforme para el ofrecimiento y la venta de seguros para mascotas.
La legislación añade un nuevo capítulo al Código de Seguros de Puerto Rico para establecer requisitos básicos para las pólizas, divulgaciones mínimas y normas relacionadas con las prácticas de mercadeo.
La medida, de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, también faculta a la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) para implantar y fiscalizar sus disposiciones. Según expresó González Colón en declaraciones escritas, el objetivo es que los consumidores cuenten con alternativas de seguros más confiables y transparentes para atender los gastos relacionados con la salud de sus mascotas.
La legislación tiene como propósito establecer reglas uniformes para el ofrecimiento y la venta de seguros para mascotas, así como garantizar que los consumidores reciban información clara sobre las cubiertas, exclusiones, costos y condiciones antes de adquirir una póliza.
Entre las disposiciones más relevantes, la ley exige que las aseguradoras informen de forma expresa si la póliza excluye condiciones preexistentes, trastornos hereditarios, anomalías congénitas o enfermedades crónicas. También deberán divulgar los deducibles, períodos de espera, límites de cobertura y la metodología utilizada para calcular los pagos de reclamaciones.
Asimismo, la nueva normativa establece un período mínimo de 15 días para que el consumidor pueda revisar la póliza y cancelarla con derecho a reembolso, siempre que no haya presentado una reclamación durante ese término. Además, prohíbe imponer períodos de espera para accidentes y limita a un máximo de 30 días los períodos de espera para enfermedades o condiciones ortopédicas que no sean consecuencia de un accidente.
Otro aspecto que aclara la ley es la diferencia entre un seguro para mascotas y un programa de bienestar. La legislación dispone que estos programas no podrán promocionarse como si fueran un seguro, ni su compra podrá ser un requisito para adquirir una póliza.
La exposición de motivos destaca que la medida responde al crecimiento del mercado de mascotas en la Isla. De acuerdo con el análisis legislativo, para 2023 alrededor del 48% de los hogares en Puerto Rico, equivalente a unos 643,000 hogares, tenía al menos una mascota, mientras que el gasto mensual promedio en alimentos para estos animales rondaba los $92 por hogar.
Además, la Ley 186 incorpora disposiciones del Pet Insurance Model Act de la National Association of Insurance Commissioners (NAIC), un modelo regulatorio adoptado por múltiples jurisdicciones de Estados Unidos para estandarizar la información que reciben los consumidores y las prácticas de mercado relacionadas con este tipo de seguros. También crea un proceso para que la OCS expida las certificaciones y autorizaciones a las aseguradoras interesadas en ofrecer estas cubiertas en Puerto Rico.
Con esta legislación, Puerto Rico establece reglas uniformes para un mercado que ya existía, pero que hasta ahora carecía de una regulación específica sobre la información que debían recibir los consumidores y las condiciones mínimas que debían cumplir las pólizas.
Fuente: El Vocero
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