La Agencia Nacional de Salud Complementaria (ANS) informa que la Ley N° 15.378, del 6 de abril de 2026, que establece el Estatuto de Derechos del Paciente, ha sido promulgada. Esta legislación representa un hito en la protección de los derechos de los pacientes en los servicios de salud, ya sean usuarios del sistema público o privado, incluyendo a los beneficiarios de planes de salud.
La nueva ley fue propuesta por el entonces diputado federal y actual secretario ejecutivo de la ANS (Agencia Nacional de Seguros de Salud), Chico D'Ângelo. Según el director ejecutivo de la ANS, Wadih Damous, el Estatuto consolida principios fundamentales para una atención médica más humana y segura: “El Estatuto de Derechos del Paciente refuerza valores esenciales como la dignidad, la autonomía y el acceso a la información. Para la ANS, este es un importante paso adelante que contribuye a relaciones más transparentes, equilibradas y respetuosas entre pacientes, profesionales de la salud y operadores de planes de salud”, enfatiza Damous.
Derechos principales garantizados
El Estatuto garantiza a los pacientes una serie de derechos fundamentales, entre los que destacamos:
- Autonomía y consentimiento informado: El paciente tiene derecho a tomar decisiones sobre su atención médica, designar representantes y registrar directivas anticipadas.
- Acompañante: Se garantiza el derecho a estar acompañado durante las consultas y hospitalizaciones, salvo contraindicación médica.
- Atención de calidad y segura: Los pacientes deben ser tratados en instalaciones adecuadas, por profesionales cualificados y con suministros seguros.
- No discriminación: El servicio debe prestarse por igual, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, religión, discapacidad o cualquier otra forma de discriminación.
- Derecho a la información: Los pacientes tienen derecho a recibir información clara y accesible sobre el diagnóstico, el tratamiento, las alternativas y los riesgos. Además, tienen derecho a acceder a su historial médico sin necesidad de justificarlo.
- Confidencialidad: La información personal y médica de los pacientes debe protegerse, incluso después de su fallecimiento.
- Cuidados paliativos: Se garantiza el derecho al alivio del dolor y la elección del lugar de fallecimiento, de acuerdo con las normas del Sistema Único de Salud (SUS) o de los planes de seguro médico.
Responsabilidades del paciente
Además de los derechos, el Estatuto también establece responsabilidades para los pacientes, tales como:
- Comparta información relevante sobre su salud con los profesionales sanitarios.
- Siga los consejos médicos y haga preguntas sobre los tratamientos.
- Infórmenos si va a interrumpir el tratamiento o si se produce algún cambio en su estado de salud.
- Respete las normas de los servicios sanitarios y los derechos de los demás pacientes y profesionales.
ANS subraya que seguirá trabajando para garantizar que los beneficiarios de los planes de salud tengan acceso a servicios de calidad, respetando su dignidad, seguridad y autonomía, y reafirma su compromiso con la implementación y la supervisión del cumplimiento de la Ley de Derechos del Paciente en la atención médica complementaria.
Consulte el texto completo de la Ley N° 15.378 para obtener más información sobre el Estatuto de los Derechos del Paciente, en la Gaceta Oficial de la Unión
Fuente: Cqcs
Enlace: https://cqcs.com.br/noticia/ans-destaca-lei-no-15-378-institui-estatuto-dos-direitos-do-paciente/